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Los jueces paragrán ganancias

Los jueces paragrán ganancias

La Corte Suprema de Justicia resolvió que los jueces, que hayan asumido después del 1 de enero de 2017, deben tributar impuesto a las ganancias.

El máximo Tribunal revocó la medida cautelar que solicitó Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional; El fallo unánime determina que los nuevos funcionarios deben tributar ganancias en tanto que aquellos funcionarios que lo sean con anterioridad a esa fecha no pagarán el impuesto.

La resolución plantea que en el fallo de la Cámara utilizó argumentos dogmáticos e insuficientes para admitir la procedencia de la medida solicitada por la AMFJN y considerando arbitraria la cautelar.

La Corte entendió que la Cámara no debió haber concedido la cautela por el hecho de que exista una forma de interpretar la ley de impuesto a las ganancias que pudiera resultar contraria a los intereses de los magistrados y funcionarios representados por la entidad que los agrupa.

Además, según el Alto Tribunal la Cámara no argumentó de la necesidad de la cautelar para evitar un daño irreparable a jueces y funcionarios.

Esta será la primera resolución de interés popular para lo que resta del año, dado que el 4 de diciembre resolverá si es posible aplicar el 2x1 en las causas de delitos de lesa humanidad y el 18 de diciembre fallará sobre el reajuste por jubilados.

La Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional (AMFJN) había iniciado una acción de amparo el año pasado para impedir que los nuevos jueces se vean afectados por el tributo que pagan 2 millones de personas en la Argentina.

Ese amparo tuvo el respaldo en primera y segunda instancia en el fuero en lo Contencioso Administrativo Federal. La medida fue presentada contra la aplicación de la denominada "Ley Massot": en diciembre de 2016, el Congreso sancionó una norme por cual pasaron a pagar Ganancias los jueces, funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación y provinciales, cuyo nombramiento hubiera ocurrido a partir de enero de 2017.

Fuente: CIJ

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