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SAETA en contra de una #CostumbreSolidaria

SAETA en contra de una #CostumbreSolidaria

El titular de la SAETA (Sociedad Anónima de Transporte Automotor) debería rectificar sus dichos y disponer la re implementación de la impresión en papel (a opción del pasajero) del comprobante del pago del boleto, para así poder continuar con una costumbre de solidaridad que nació en virtud de una falta de servicio eficaz para la recarga de las tarjetas.

Nota que publicó el Dr. Gaston Montali que señala los errores de la disposición de la SAETA que persigue el mecanismo solidario que desarrollaron los pasajeros antes la ineficacia en el sistema de recargas de saldo para las tarjetas:

VISTAS las declaraciones del titular de SAETA Sr. Claudio Juri, publicada en el matutino El Tribuno de fecha 19 de Diciembre del corriente año, en el sentido que la persona cuyo boleto fue abonado con la tarjeta de un tercero se verá en inconvenientes, y que el usuario tiene que tener su tarjeta para poder viajar; corresponde realizar algunas precisiones que desmienten los dichos del funcionario.
En ese sentido, es necesario advertir que la situación en general enmarca dentro del contrato de transporte regida por los artículos 1.280 a 1.318 del Código Civil y Comercial de la Nación; estableciéndose entre las obligaciones del pasajero la de pagar el precio pactado (artículo 1.290 inciso a); de modo tal que se advierte un primer error en el comunicado cuando se indica que se debe tener la tarjeta para poder viajar. Luego nos encontramos con la situación que unilateralmente, en el marco de un contrato de adhesión y de consumo, como es el de transporte público de pasajeros; los proveedores decidieron no emitir un comprobante del pago del boleto, imponiéndoles ahora a los pasajeros acreditar el pago del mismo mediante la tenencia de la tarjeta. Esto último resulta evidentemente abusivo, pues a raíz de una modificación inconsulta, se pone en cabeza del pasajero (cuyo boleto fue abonado por un tercero) la carga de una prueba imposible; así como también se obliga al pasajero en cuestión a verse forzado a descender en la misma parada que el portador de la tarjeta; ello a pesar de tener pagado el boleto por un recorrido igual al de todos los demás. Se genera asimismo una situación de trato desigual entre el portador de la tarjeta y el pasajero que no la posee, pero que abonó el boleto por medio de un tercero; ello a pesar que la legislación no contempla ninguna diferencia entre ellos.

Además de la moletia que causo la resolución de la empresa los usuarios también señalaron los incovenientes de que las maquinas que tienen atrofiadas las pantallas y no muestran el saldo de las tarjetas tras abonar el viaje.

En este particular caso supongamos que se trate de un viaje urbano cuyo precio está pactado en $12,95 (precio a noviembre del 2018), y se comprende que se paga por todo el recorrido que la línea realice, no se trata de un precio diferencial por corredores no urbanos, cuyos precios se diferencian dependiendo de la localidad a la que uno se traslade, en este caso porque una persona que abono el precio final del transporte se debe ver obligada a descender si pago por todo el recorrido.
Así también queda remarcar que en este caso el proveedor deberá facilitar a los consumidores (usuarios de colectivo), los medios de carga y emisión de boletos, en el informe periodístico Juri hace mención a los más de 180 puntos de recargas en distintos comercios que atienden en horarios comerciales, como así también terminales de autoservicio que trabajan las 24 hs, también hay que hacer mención que existe la recarga virtual atravez del sistema home banking, pero estos sistemas de recarga no bastan, las bocas de expendio son pocas, los comerciantes rechazan tenerlas debido al exceso de trabajo que les significa tener una boca, y a la poca ganancia que les genera, las terminales de autoservicio en su mayoría no funcionan las 24 hs, a veces por vandalismo u otras veces porque tiene un límite de carga, y al estar llenas sus arcas no permiten emitir carga, y en el sistema home banking tarda 24 hs para que la carga se efectivice en la tarjeta, esto genera paro para una población que realiza más de 17 millones de viajes de colectivos anualmente, un grave problema a la hora de cargar su tarjeta para poder viajar, la capacidad de carga se ve muy afectada, y es por eso que se ha vuelto una práctica muy común que al subir una persona al colectivo solicite si un pasajero le puede abonar su pasaje y él le pague por el mismo, cuestión que pasa diariamente y debe ser considerada como una costumbre, y en base a eso darle una solución que en este caso sería simple, como la opción de la emisión de un boleto, debe tenérselo un respeto y trato digno a la persona del consumidor que abona su boleto.
Por otro lado con esas manifestaciones se limita el ejercicio del derecho de propiedad de los poseedores de la tarjeta, pues se busca desalentar actos de liberalidad por parte de éstos. En consecuencia, entendemos que el titular de la SAETA debería rectificar sus dichos y disponer la re implementación de la impresión en papel (a opción del pasajero) del comprobante del pago del boleto, para así poder continuar con una costumbre de solidaridad que nació en virtud de una falta de servicio eficaz para la recarga de las tarjetas.-

Fuente: Facebook

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